Financiamiento proyecto denominado; “Adquisición Inmueble Para Residencia Familiar Adolescentes para Punta Arenas”, etapa de Ejecución

Sesión N° 17 Acuerdo N° 127/2024 BIP 40047484-0

Informa Acuerdo

Fecha: 1 de julio de 2024

El Pleno del Consejo Regional, aprobó la Moción Nº127, relacionada con el financiamiento del proyecto denominado; “Adquisición Inmueble Para Residencia Familiar Adolescentes para Punta Arenas”, etapa de Ejecución, código BIP N° 40047484-0, por un monto M$ 797.000 (setecientos noventa y siete millones de pesos), con cargo al Subtítulo 29 del Presupuesto de Inversión Regional, a contar del proceso presupuestario año 2024.

1º.- Conforme lo informado por la División de Presupuesto e Inversión Regional (DIPIR) en la reunión de la Comisión de fecha 01-07-2024, el dominio del inmueble que se propone adquirir, quedará radicado en el patrimonio del Gobierno Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena, el que entregará en calidad de comodato o préstamo de uso a título gratuito, al Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, quien según comprometió en la referida reunión, será responsable del cumplimiento de todas las normas legales, reglamentarias, municipales y administrativas que digan relación con el funcionamiento del referido inmueble, lo que comprende, además, la obligación de pagar oportuna e íntegramente todo tipo de gastos de mantención, consumos básicos, impuestos y/o derechos al que este afecto el bien raíz entregado en comodato durante el tiempo de su vigencia, sin que el comodante deba dar o pagar nada a cambio;

2º.- Conforme lo informado por los representantes del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia en la referida reunión y lo descrito en la correspondiente Ficha IDI, el inmueble adquirido, éste será utilizado solamente como “Residencia de Vida Familiar para Niños, Niñas y Adolescentes, dirigida a la población infanto-adolescente de la Región de 14 a 17 años 11 meses 29 días con necesidad de intervención, ello por ser víctimas de la vulneración en sus derechos”.

En el contrato de compraventa que suscriba el Gobierno Regional y en el posterior contrato de comodato que éste a su vez suscriba con el aludido Servicio Nacional, deberá quedar expresamente establecido el uso del bien raíz en los términos señalados, so pena de poner término al comodato en cualquier tiempo, de variarse o no cumplirse con dicho uso específico;

3º.- Conforme lo comprometido por los representantes del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia en la referida reunión, ellos institucionalmente asumirán con recursos sectoriales, todos los costos asociados para efectuar las adecuaciones que sean necesarias realizar en el inmueble que se les entregará en calidad de comodato, con el propósito de dar estricto cumplimiento a la normativa de Accesibilidad Universal en edificios y espacios públicos; y

4º.- Conforme lo comprometido por los representantes del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia en la referida reunión, una vez entregado el inmueble en comodato por el Gobierno Regional, ellos institucionalmente asegurarán la adecuada movilización de los niños, niñas y adolescentes residentes, desde y hacia la residencia de vida familiar que administrarán como Servicio en la Región.